Solicitud de admisión y matrícula de alumnos en centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos para el curso 2012/2013. (Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Formación Profesional específica de grado medio y superior y Bachillerato). Abre plazo
Detalle de Procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de admisión y matrícula de alumnos en centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana sostenidos con fondos públicos para el curso 2012/2013.
(Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Formación Profesional específica de grado medio y superior y Bachillerato).Objeto del trámite
Proceso de admisión del alumnado en los centros públicos y en las enseñanzas concertadas de los centros privados de la Comunitat Valenciana, que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional específica de grado medio y Bachillerato.
Inicio - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los padres/tutores de los alumnos que cursen los estudios anteriormente mencionados.
Requisitos
Requisitos de edad y académicos exigidos por la normativa vigente para el nivel educativo y curso al que se pretenda acceder.
Inicio - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
* JUNIO 2012
Inicio
CONFIRMACIÓN DE PLAZA
- Alumnos adscritos de centros de Ed. Infantil a Centros de Ed Primaria: Hasta el 27 de marzo
- Alumnos adscritos de centros de Ed. Primaria a Centros de Ed.Sec. Obligatoria: Hasta el 27 de marzo
ADMISIÓN
- E. Infantil y E. Primaria: Del 7 al 16 de mayo.
- ESO y Programas de Cualificación Profesional Inicial (PQPI): Del 24 de mayo al 1 de junio.
- Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior: Del 4 al 13 de junio.
MATRÍCULA
- Matrícula de alumnos de Educación Infantil, Educación Primaria: Del 18 al 27 de junio.
- Matrícula de alumnos de ESO y Programas de Cualificación Profesional Inicial (PQPI): Del 19 al 25 de julio.
- Matrícula de alumnos de Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior: Del 18 al 25 de julio.
* SEPTIEMBRE 2012
ADMISIÓN
- ESO: 10 y 11 de septiembre
- Programas de Cualificación Profesional Inicial (PQPI): 10 y 11 de septiembre
- Bachillerato: 10 y 11 de septiembre
- Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior: del 12 al 17 de septiembre
MATRÍCULA
- ESO: del 13 al 14 de septiembre
- Programas de Cualificación Profesional Inicial (PQPI): 13 al 14 de septiembre
- Bachillerato: 13 al 14 de septiembre
- Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior: del 24 al 26 de septiembre - ¿Dónde dirigirse?
- En el centro docente elegido en primer lugar.
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
Impreso de solicitud de admisión.
1.- Acreditación del criterio hermanos:
Se computará la existencia de hermanos matriculados en el centro si éstos están cursando enseñanzas en él y van a continuar asistiendo al mismo, en el curso escolar para el que se solicita la admisión. En los centros privados concertados, será necesario que las enseñanzas cursadas estén concertadas. Los órganos competentes de los centros verificarán estos extremos. Si los apellidos no fuesen coincidentes se acreditará la relación mediante el libro de familia, certificado, sentencia por la que se adjudique la tutela y, en su caso, la correspondiente resolución administrativa, emitida por la conselleria competente en materia de bienestar social, en la que se confiera la guarda y acogida del menor.
2.- Acreditación del criterio padres trabajadores del centro docente: Se acreditará por la titularidad o por la dirección, según se trate de un centro privado concertado o de un centro público.
3.- Acreditación del criterio domicilio:
- El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre/madre o tutor y de un recibo reciente de agua, luz o teléfono o contrato de alquiler. Si existiera discrepancia entre los domicilios que figuren en ambos documentos se podrá requerir un certificado de residencia librado por el Ayuntamiento.
- El lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o del tutor podrá ser considerado, a instancia del solicitante, con los mismos efectos de baremación que el domicilio familiar, en la admisión de alumnos. Para la justificación de esta circunstancia, se aportará documento que acredite suficientemente la relación laboral y domicilio del centro de trabajo. En el supuesto de trabajadores por cuenta propia, se acreditará el alta en el censo de Actividades Económicas y, en su caso, el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
- Cuando el alumno resida en un internado, se considerará, a efectos de su escolarización, el domicilio de la residencia como domicilio del alumno.
4.- Acreditación del criterio renta de la unidad familiar:
Para la obtención de la puntuación por el concepto renta anual de la unidad familiar será requisito imprescindible cumplimentar los datos que figuran en el anexo VI de la orden de 27 de abril de 2007 y la autorización que en ella figura para que la administración educativa obtenga confirmación de los datos a través de la Agencia Estatal de la administración Tributaria.
A tal efecto todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años autorizarán dicha comprobación con su firma en el documento que figura como anexo VI de la mencionada orden.
En el caso de que la madre se encuentre en estado de gestación se podrá aplicar lo dispuesto en el artículo Cuarto de las resoluciones de las Direcciones Territoriales de fecha 10/3/2010 (DOCV 18/3/2010)
5.- Acreditación del criterio discapacidad:
La discapacidad de los alumnos, hermanos, sus padres o tutores se acreditará mediante la correspondiente certificación, emitida por la Conselleria de Bienestar Social.
6.- Acreditación del criterio familia numerosa:
La condición de miembro de familia numerosa se acreditará aportando el título oficial de familia numerosa.
En el caso de que la madre se encuentre en estado de gestación se podrá aplicar lo dispuesto en el artículo Cuarto de las resoluciones de las Direcciones Territoriales de fecha 10/3/2010 (DOCV 18/3/2010).
7.- Determinación del criterio circunstancia específica:
La circunstancia específica será fijada y hecha pública en el tablón de anuncios del centro, con carácter previo al inicio del proceso de admisión de alumnado.
8.- Acreditación del criterio resultados académicos para el acceso a Bachillerato:
Los alumnos aportarán, además de los documentos reseñados con carácter general, certificación en la que conste la nota media obtenida en Educación Secundaria Obligatoria.
La certificación se ajustará al modelo que figura como anexo XXIII de la orden de 27 de abril de 2007.
Esta certificación será emitida por el centro docente en el que el alumno haya cursado el último curso de las correspondientes enseñanzas.
9.- Acreditación del criterio resultados académicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio:
1. Para el acceso a los Ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional se considerará exclusivamente la nota media obtenida en la Educación Secundaria Obligatoria, estudios equivalentes o, en su caso, la nota obtenida en la prueba de acceso, o la obtenida en la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Las certificaciones de la prueba de acceso se entregarán en el centro de primera opción en el mismo plazo señalado para la entrega de las certificaciones de graduado en Educación Secundaria.
Junto a la solicitud de admisión, para las opciones de ciclos formativo en horario nocturno, se entregará la documentación especificada en el propio impreso (anexo V.E).
NOTAS:
- Los solicitantes de puesto escolar en un centro público deberán aportar los documentos acreditativos de las circunstancias alegadas correspondientes al centro en el que solicita puesto escolar y, en su caso, las referidas a los centros a los que este estuviese adscrito, en aplicación de lo establecido en el apartado 5 del artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, que considera los centros públicos adscritos a otros centros públicos, que impartan etapas diferentes, como centros únicos a los efectos de aplicación de los criterios de admisión del alumnado.
- Asimismo, lo determinado en el punto anterior también será de aplicación a los centros concertados adscritos a otros centros concertados que impartan etapas diferentes.
- LPresentació de sol·licituds d'admissió per a Cicles Formatius de Grau Mitjà i Superior de la FP i de la documentació corresponent, en el centre de primera opció: del 3 al 10 de juny, ambdós inclusivament. (Les sol·licituds a CF en règim presencial i en semipresencial o a distància es faran telemàticament.)
- La Presentación de solicitudes de admisión para Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de la FP en régimen Presencial y en Semipresencial o a Distancia se hará uso previo del asistente Telemático.Impresos asociados
Formularios para la admisión y matrícula de alumnos
Inicio - ¿Cómo se tramita?
Pasos
CALENDARIO DE ADMISIÓN PARA EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA:
Inicio
- Elaboración y publicación de las listas provisionales de admitidos: el 4 de junio.
- Presentación de reclamaciones ante el consejo escolar del centro: del 4 al 6 de junio.
- Contestación por escrito a las reclamaciones presentadas ante el consejo escolar de centro: el 11 de junio.
- Publicación en los centros de las listas definitivas de alumnos admitidos: el 13 de junio.
- Las reclamaciones contra las listas definitivas, cuando la plaza solicitada sea para centros públicos, se formularán en el plazo de 2 días hábiles desde su publicación ante la Comisión de Escolarización (hasta el 15 de junio inclusive).
Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director territorial correspondiente en el plazo de un mes.
El alumnado que solicite plaza en centros privados concertados podrá interponer ante las listas definitivas de admitidos, denuncia ante la dirección territorial correspondiente según lo preceptuado en el artículo 38.5 de la Orden de 27 de abril de 2007.
CALENDARIO DE ADMISIÓN PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL:
- Elaboración y publicación de las listas provisionales de admitidos: el 9 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante el consejo escolar del centro: hasta el 11 de julio.
- Publicación en los centros de las listas definitivas de alumnos admitidos: el 13 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante la Comisión Municipal de Escolarización: hasta el 17 de julio.
- Resolución de reclamaciones por parte de la Comisión Municipal de Escolarización: hasta el 18 de julio.
Contra dicha resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director territorial correspondiente en el plazo de un mes.
El alumnado que solicite plaza en centros privados concertados podrá interponer ante las listas definitivas de admitidos, denuncia ante la dirección territorial correspondiente según lo preceptuado en el artículo 38.5 de la Orden de 27 de abril de 2007.
CALENDARIO DE ADMISIÓN PARA ENSEÑANZAS POSTOBLIGATORIAS DE BACHILLERATO:
- Elaboración y publicación de las listas provisionales de admitidos: el 9 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante el consejo escolar del centro: hasta el 11 de julio.
- Publicación en los centros de las listas definitivas de alumnos admitidos: el 12 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante la comisión municipal o sectorial: hasta el 16 de julio.
- Resolución de las reclamaciones a las listas definitivas por parte de la comisión municipal o sectorial: el 17 de julio. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director territorial correspondiente en el plazo de un mes.
El alumnado que solicite plaza en centros privados concertados podrá interponer ante las listas definitivas de admitidos, denuncia ante la Dirección Territorial correspondiente según lo preceptuado en el artículo 38.5 de la Orden de 27 de abril de 2007.
CALENDARIO DE ADMISIÓN PARA ENSEÑANZAS DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
- Elaboración y publicación de las listas provisionales de admitidos: el 5 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante el Consejo Escolar/Consejo Social del centro: hasta el 9 de julio.
- Publicación en los centros de las listas definitivas de alumnos admitidos: el 12 de julio.
- Presentación de reclamaciones ante la comisión municipal o sectorial: hasta el 16 de julio.
- Resolución de las reclamaciones a las listas definitivas por parte de la comisión municipal o sectorial: el 17 de julio. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director territorial correspondiente en el plazo de un mes.
El alumnado que solicite plaza en centros privados concertados podrá interponer ante las listas definitivas de admitidos, denuncia ante la dirección territorial correspondiente. - Información complementaria
* PUNTUACIONES (DECRETO 33/2007)
1. HERMANOS, PADRE O MADRE TRABAJADOR/A DEL CENTRO
- Primer hermano en el centro: 5 puntos.
- Por cada uno de los hermanos restantes: 3 puntos.
- Padre o madre trabajador/a del centro docente: 5 puntos.
2. DOMICILIO
- Área de influencia: 5 puntos.
- Área limítrofe: 2 puntos.
- Otras zonas o localidades: 0 puntos.
3. RENTA
- Ingresos totales divididos por el número de miembros de la familia.
- Rentas iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional: 0'5 puntos.
4. DISCAPACIDAD
Discapacidad del alumno:
- > 65%: 5 puntos.
- del 33 al 65%: 3 puntos.
Discapacidad de los padres/hermanos del alumno:
- > 65%: 3 puntos.
- del 33 al 65% : 1'5 puntos.
5. FAMILIA NUMEROSA
- General: 3 puntos.
- Especial: 5 puntos.
6. CIRCUNSTANCIA ESPECÍFICA DETERMINADA POR EL CENTRO DOCENTE: 1 punto.
7. DEPORTISTA DE ÉLITE: 2 puntos.
8. EXPEDIENTE ACADÉMICO
8.1. Bachillerato:
- Nota media calificaciones ESO.
- Nota media
Calificaciones en Educación Plástica y Visual (Solo Bachillerato de Artes)
8.2. Ciclos Formativos de Grado Medio:
- Nota media calificaciones ESO o nota prueba de acceso, único criterio para el acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio.Criterios de valoración
* CRITERIOS DE ADMISIÓN DE LOS ALUMNOS (DECRETO 33/2007)
Criterios para la valoración de las solicitudes de puesto escolar
La admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, cuando no existan en ellos plazas suficientes para atender todas las solicitudes de ingreso, se regirá por los siguientes criterios:
1. Existencia de hermanos matriculados en el mismo centro.
2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores.
3. Padres o tutores trabajadores en el centro docente.
4. Rentas anuales de la unidad familiar.
5. Discapacidad del alumno, de sus padres y hermanos.
6. Condición de familia numerosa.
7. Circunstancia específica.
8. Condición de deportista de élite.
9. Expediente académico, en Bachillerato y ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional.
Sanciones
En los centros públicos
La infracción de las normas sobre admisión del alumnado por los centros públicos dará lugar a la apertura del correspondiente expediente administrativo, a fin de determinar las posibles responsabilidades en que hubiera podido incurrirse.
En los centros privados concertados
La infracción de las normas sobre admisión del alumnado por los centros concertados dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, según la redacción dada al mismo en la disposición final primera, núm. 10, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.Admisión alumnado: web Conselleria
Inicio - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106 de 4/5/06).
- Decreto 33/2007, de 30 de marzo, del Consell, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general (DOCV nº 5483, de 03/04/07).
- Orden de 27 de abril de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5503, de 02/05/07).
- Orden 33/2011, de 18 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el acceso, la admisión y matrícula para el alumnado que curse enseñanzas de grado medio y de grado superior de formación profesional en régimen presencial en modalidad completa o parcial en centros docentes públicos y privados con enseñanzas concertadas y semipresencial o a distancia en modalidad completa o parcial, en centros docentes públicos de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6528, de 25/05/11).
- Resolución de 12 de marzo de 2012, del director territorial de Educación, Formación y Trabajo de Valencia, por la que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en centros públicos y centros privados concertados, no universitarios, para el curso 2012-2013 (DOCV nº 6738, de 21/03/12).
- Resolución de 12 de marzo de 2012, del director territorial de Educación, Formación y Trabajo de Alicante, por la que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en centros públicos y centros privados concertados, no universitarios, para el curso 2012-2013 (DOCV nº 6738, de 21/03/12).
- Resolución de 12 de marzo de 2012, del director territorial de Educación, Formación y Trabajo de Castellón, por la que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en centros públicos y centros privados concertados, no universitarios, para el curso 2012-2013 (DOCV nº 6738, de 21/03/12).Lista de normativa
Ver Decreto 33/2007, de 30 de marzo
Ver Orden de 27 de abril de 2007
Ver Orden 33/2011, de 18 de mayo
Ver Resolución de 12 de marzo de 2012(Valencia)
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La conselleria de Educación, Formación y Empleo ha informado que el plazo de presentación de solicitudes de admisión de alumnado de Infantil y Primaria para el curso 2012-13 será del 7 al 16 de mayo, mientras que en Secundaria y PCPI será, del 24 de mayo al 1 de junio, y para Bachillerato y Formación Profesional - tanto de Grado Medio como Superior -, del 4 al 13 de junio.
Así se indica en las resoluciones de las direcciones territoriales de Educación, Formación y Trabajo de las tres provincias que publica hoy en DOCV y en las que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en los centros públicos y concertados no universitarios de Valencia, Alicante y Castellón, para el curso 2012-13.
El plazo de formalización de matrícula será del 18 al 27 de junio para Infantil y Primaria; del 19 al 25 de julio para Secundaria y PCPI y del 18 al 25 de julio para Bachillerato y Formación Profesional.
Dentro de las actuaciones previas al proceso de admisión de alumnado, el plazo para la presentación de instancias de confirmación de plaza de alumnos adscritos a un centro será hasta el 27 de marzo, tanto para el acceso a Infantil y Primaria, como para Secundaria.
La publicación de las áreas de influencia y limítrofes será hasta el 4 de mayo, tanto para el acceso a Infantil y Primaria como para Secundaria Obligatoria. La publicación de vacantes existentes en los centros educativos para el proceso de admisión será también hasta el 4 de mayo para Infantil y Primaria y hasta el 23 de mayo para ESO y PCPI, Bachillerato y Formación Profesional, tanto de Grado Medio como el Superior.
En la matrícula ordinaria, el primer plazo dentro de este proceso es el de presentación de solicitudes de admisión en el centro que se haya solicitado en primera opción, y debe llevarse a cabo para alumnos de Infantil y Primaria, de Secundaria, PCPI, Bachillerato y Formación Profesional en las fechas señaladas anteriormente.
Tras la comprobación de duplicidades, la baremación de las solicitudes y la remisión a las comisiones de escolarización de las listas de alumnos admitidos y no admitidos, la elaboración de las listas provisionales y la publicación de las mismas será en Infantil y Primaria el 4 de junio; en Secundaria, PCPI y Bachillerato el 9 de julio y para los ciclos formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional el 5 de julio.
Después de los procesos de reclamación y contestación de las mismas, los centros publicarán la lista definitiva de alumnado admitido en Infantil y Primaria el 13 de junio; en Secundaria y PCPI el 13 de julio y en Bachillerato y Formación Profesional el 12 de julio.
La matriculación de alumnos para cubrir las plazas vacantes por renuncia o excedentes será para Infantil y Primaria el 28 y 29 de junio, mientras que en ESO, PCPI, Bachillerato y Formación Profesional será el 26 y 27 de julio.
Matriculación extraordinaria de septiembre
De acuerdo con el calendario publicado hoy, el proceso de matriculación extraordinaria de septiembre contempla en Educación Secundaria Obligatoria y en los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) y Bachillerato la publicación de vacantes para el 10 de septiembre y en FP para el 12 de septiembre.
Por su parte, la presentación de solicitudes de admisión se realizará del 10 al 11 de septiembre en la ESO y PCPI; hasta el 11 de septiembre en Bachillerato y del 12 al 17 de septiembre para FP (con requisito académico).
La publicación de las listas provisionales se efectuará, por enseñanzas, de la siguiente forma:
-ESO y PCPI: 12 de septiembre
-Bachillerato: 12 de septiembre
-Ciclos Formativos 19 de septiembre
La publicación de las definitivas tendrá lugar:
-ESO y PCPI: 13 de septiembre
-Bachillerato: 13 de septiembre
-Ciclos Formativos 24 de septiembre
El plazo de formalización de la matrícula será:
-ESO y PCPI: hasta el 13 de septiembre
-Bachillerato: hasta el 14 de septiembre
-Ciclos Formativos del 24 al 26 de septiembre
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