jueves, 21 de diciembre de 2017
viernes, 15 de diciembre de 2017
AVISO PREMIO DE LA RIFA
miércoles, 13 de diciembre de 2017
21 diciembre: visita SSMM REYES MAGOS del AMPA
lunes, 27 de noviembre de 2017
Listas definitivas del cheque escolar 17/18
viernes, 24 de noviembre de 2017
Nuevo logotipo del AMPA
martes, 14 de noviembre de 2017
viernes, 20 de octubre de 2017
Cuestionario sobre el AMPA
23 de novembre : eleccions a consells escolars
23 de novembre Llegiu novetats: http://ow.ly/hQyK30foQnF
lunes, 16 de octubre de 2017
viernes, 13 de octubre de 2017
Encuesta sobre el AMPA
miércoles, 27 de septiembre de 2017
CHEQUE ESCOLAR 17/18. LISTADOS PROVISIONALES
PLAZO DE SUBSANACIÓN Y ALEGACIONES: Del 25 de septiembre al 6 de octubre ambos incluidos.
jueves, 20 de julio de 2017
Ayudas a comedor escolar. Listas provisionales
- Ayudas a comedor escolar para el primer ciclo de infantil. Listas provisionales y plazo de alegaciones.
- Url:
http://www.valencia.es/ayuntamiento/tablon_anuncios.nsf/vDocumentosWebTablon/06E59703847B764FC12581400028F520?OpenDocument&lang=1&nivel=5_2
jueves, 6 de julio de 2017
martes, 20 de junio de 2017
FICHA INSCRIPCIÓN CURSO: 2017-2018
Desde la Asociación de Madres y Padres de Alumnos, aprovechamos la ocasión para continuar mostrando
nuestro agradecimiento a todas aquellas familias que año tras año confían en nosotros, dar la bienvenida a
las familias que llegan nuevas al colegio el próximo curso y rogar una máxima colaboración por parte de todos los padres.
La cuota anual para el próximo curso 2017-18 será de 25 € anuales para el primer hijo, 20 € para el segundo y gratuita a partir del tercer hijo o sucesivos.
Para facilitar la gestión del cobro el próximo curso 2017-18 el pago de la cuota anual se realizará dividida en
dos plazos, en octubre de 2017 y febrero de 2018. El cobro de estas cuotas será a través del centro
educativo, ya sea a través del recibo domiciliado en el centro o en secretaría en efectivo.
Las familias que deseen permanecer o formar parte de nuestra Asociación, deberán entregar este registro
cumplimentado en Secretaría del Centro antes del 30 de junio.
Para cursos sucesivos, en caso de no desear ser parte del AMPA, deberán pasar por secretaria y solicitar el documento de baja.
jueves, 25 de mayo de 2017
Becas de comedor escolar curso 17/18
COMEDOR ESCOLAR Curso 2017-2018
miércoles, 17 de mayo de 2017
miércoles, 10 de mayo de 2017
miércoles, 3 de mayo de 2017
Educación convoca las ayudas del Bono Infantil para el curso 2017-18
Las familias podrán solicitarlas telemáticamente del 8 al 26 de mayo
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria de ayudas destinadas a familias que quieran escolarizar a sus hijos de 0 a 3 años en escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad municipal o privada.
Con esta convocatoria, Educación adelanta el trámite del Bono Infantil para el próximo curso varios meses para facilitar la gestión de las ayudas tanto a las familias como a las escuelas infantiles.
El importe de las ayudas asciende a 33 millones de euros, lo que supone mantener la cantidad concedida para este curso, del mismo modo que se mantiene el umbral máximo de renta familiar para poder obtener la ayuda. Además, Educación está realizando la tramitación pertinente para augmentar en medio millón de euros el presupuesto destinado a estas ayudas antes de que se resuelva su adjudicación.
El plazo para presentar las solicitudes será del 8 al 26 de mayo y se podrán cumplimentar telemáticamente. El modelo de solicitud estará a disposición de los interesados en consultar aquí y a través de la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte consultar aquí
Las familias que soliciten por primera vez la ayuda deberán firmar las solicitudes manualmente y entregarlas, junto con la documentación requerida, en el centro donde esté matriculado el alumno. No obstante, las familias que ya se han beneficiado del bono infantil este mismo curso y no han cambiado sus condiciones económicas no deberán aportar de nuevo la documentación requerida al centro. Esta medida la adopta Educación con el fin de agilizar y facilitar este trámite a las familias lo máximo posible.
Podrá ser beneficiario de estas ayudas: el alumnado de 0 a 3 años matriculado, para curso escolar 2017-2018, en escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo autorizados del territorio valenciano que haya nacido o esté previsto su nacimiento con anterioridad al 31 de diciembre del 2017.
La conselleria tendrá en cuenta la renta familiar como principal criterio para la concesión de las ayudas. Se trata de este modo de atender en mayor medida a las familias con menores recursos, y que sin las ayudas estarían en condiciones de discriminación y exclusión de la oferta de enseñanza no obligatoria del primer ciclo de Educación Infantil.
El importe de la ayuda que le corresponda a cada familia se determinará en función de la renta per cápita familiar del ejercicio 2015 y serán excluidas las solicitudes del alumnado cuya renta familiar supere el umbral de 72.460 euros anuales.
De este modo, las familias se beneficiarán de la financiación parcial del coste del servicio de la enseñanza en las escuelas y centros de primer ciclo autorizados por la Generalitat, que oscilará entre los 70 y los 200 euros para el alumnado comprendido en el tramo de edad de 0 a 1 años; de 70 a 120 euros para el alumnado entre 1 y 2 años; y de 80 a 140 euros para el alumnado escolarizado en el tramo 2-3 años.
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viernes, 28 de abril de 2017
jueves, 27 de abril de 2017
Listados provisionales ayudas material escolar 2º ciclo infantil
AYUDAS DE MATERIAL ESCOLAR PARA 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
CONVOCATORIA 2016-2017
LISTADOS PROVISIONALES de solicitudes con documentación completa, falta de documentación y exclusiones
PLAZO DE SUBSANACIÓN Y ALEGACIONES:
Consultar Listados Provisinales
Del 27 de abril al 11 de mayo, ambos inclusive.
martes, 11 de abril de 2017
viernes, 3 de marzo de 2017
viernes, 3 de febrero de 2017
AYUDAS DE MATERIAL ESCOLAR PARA 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Las instancias solicitando ser persona beneficiaria de esta ayuda municipal, deberán estar debidamente cumplimentadas adjuntándose a ellas la documentación siguiente:
1) Original y fotocopia (o fotocopias cotejadas) del documento nacional de identidad o NIE de las madres/los padres o tutoras/tutores del alumno/a beneficiario/a. (Sólo en caso de no disponer de los anteriores documentos, se aportarán los pasaportes.)
2) Original y fotocopia (o fotocopias cotejadas) de todas las páginas del libro de familia (donde consten todas las personas componentes, incluidas las fallecidas). En caso de no disponer del libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de las /los menores solicitantes. Si existe más descendencia de la que consta en el libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento correspondientes para justificarlo.
3) En caso de separación, divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de las madres/padres del/de la menor solicitante se aportará, según proceda, sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público de medidas sobre el cuidado de los/as hijos/as. Si el procedimiento está en trámite, se aportará certificado acreditativo del Juzgado.
4) En caso de ser familia numerosa, se aportará original y fotocopia (o fotocopias cotejadas) del título de familia numerosa en vigor, expedido por la Administración correspondiente.
5) En caso de ser familia monoparental, se aportará original y fotocopia (o fotocopias cotejadas) del título de familia monoparental, expedido por la Administración correspondiente.
6) En caso de discapacidad, se aportará certificado oficial de discapacidad de quienes tengan esta situación en la unidad de convivencia, expedido por la Administración correspondiente.
7) En caso de persona en situación de dependencia, se aportará documentación acreditativa de dicha circunstancia emitida por el órgano competente.
8) En caso de situación de violencia de género, se aportará con carácter general, la sentencia condenatoria, la orden de protección a favor de la víctima y, excepcionalmente, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección.
9) Certificado del centro educativo donde conste la matriculación del/la solicitante en uno de los cursos de segundo ciclo de Educación Infantil.
10) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
11) Declaración responsable de no tener deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Valencia.
12) Declaración responsable de haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad.
13) El Ayuntamiento de Valencia obtendrá de forma telemática la información obrante en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y en la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre los datos fiscales del impuesto sobre la renta del ejercicio anterior y los certificados de vida laboral, a los efectos de comprobar la situación económica y laboral, por la cual solicita esta ayuda. Acogerse la persona interesada a esta norma conlleva la autorización expresa al Ayuntamiento de Valencia para solicitar los documentos señalados a los Organismos emisores de los mismos, anteriormente citados, todo ello, sin perjuicio del derecho que asiste, en todo caso, al Ayuntamiento de Valencia para solicitar la ampliación, aclaración o suministro de cualquier dato o documento preciso para verificar el estricto cumplimiento de los requisitos económicos y laborales recogidos en la convocatoria.
14) Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
15) Datos bancarios de la persona solicitante.
16) Factura justificativa, original o copia compulsada, en la que se ha de constar la denominación del proveedor, su NIF, número de orden, fecha y concepto del gasto, incluido el IVA.
17) Documentación acreditativa del pago, mediante transferencia bancaria (se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma), mediante cheque (se justificará mediante copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente al cheque) o, excepcionalmente, efectivo: se justificará mediante factura o recibí firmado por el acreedor con identificación de la fecha de abono). Dichos documentos se presentarán originales o copias compulsadas de los mismos.
18) Otra documentación complementaria, en su caso, a criterio del personal técnico municipal.